sábado, 24 de diciembre de 2011

NUEVO AÑO, NUEVAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

El 2012 se inicia con una serie de cambios, fruto, entre otras cosas, de la Reforma Tributaria aprobada en noviembre 2011.

Entre las normas establecidas por la autoridad tributaria constan el cobro de otro impuesto a los vehículos, el incremento del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), del 2 al 5%, un nuevo cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a las bebidas alcohólicas y cigarrillos, una nueva tasa a las botellas plásticas y gravámenes a las tierras rurales y para los productores de banano.

Es necesario guardar un colchón para enfrentar estas obligaciones, porque normalmente, diciembre es un mes de mayores gastos para las familias. Y, muy a menudo, olvidamos que casi enseguida nos toca asumir el pago de obligaciones tributarias.

Así como existe el hábito de disponer de los ahorros o del decimotercero para gastar, bien se podría ahorrar al menos un 10%, para posibles imprevistos o para cubrir las obligaciones de ley.

Las proyecciones de gastos personales

Durante el primer mes del año, deberá realizar una proyección de gastos personales. Es una lista de 5 rubros (alimentación, salud, vestido, educación y vivienda) donde calcula cuánto gastará en el año. El formulario deberá solicitarlo en el departamento de Recursos Humanos de su trabajo. Allí deberá colocar los montos totales que prevé gastar en el 2012. La base imponible exenta (que no paga) es de USD 9 382,2.

Además, su monto total de gastos no deberá superar el 50% del rubro previsto de ingresos (Ejemplo, si prevé que sus ingresos serán de $18 mil, podrá deducir hasta $ 9.000).

Al momento de llenar su proyección de gastos, únicamente podrá llegar al monto máximo posible (USD 12 196,8) en los gastos en salud. Para los otros cuatro rubros, la cantidad máxima a proyectar será solamente del 25% cada uno (USD 3 049). Para marzo del próximo año, las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad (la mayoría de la gente) deben realizar el pago del IR.

Adicionalmente, si sus gastos anuales sobrepasaron los USD 15 000, deberá presentar ante su empleador un anexo de gastos personales. Esto deberá hacerlo como máximo hasta el mes de febrero. Desde el 10 de marzo, y conforme el noveno dígito del RUC, los contribuyentes deberán declarar el IR correspondiente al 2011. Las empresas y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, lo harán desde abril.

Deducción de gastos personales, en la práctica

En vivienda se pueden deducir los gastos por arriendo, de un único inmueble para vivienda. Y los impuestos prediales de una única casa donde habita y de la cual es propietario. Además, son deducibles los intereses de préstamos hipotecarios destinados a ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción de una única vivienda. En este rubro únicamente podrá deducirse hasta USD 3 049.

Los gastos en educación incorporan una novedad este año y es la posibilidad de deducirse las compras de equipos de computación. Pero, al igual que en vivienda, deberá calcular como máximo un monto deducible de USD 3 049. Otros gastos en educación son los de matrícula y pensión de todos los niveles del sistema educativo. También los útiles, textos escolares y material didáctico. Y los uniformes.

Los gastos de salud son los que más beneficio tienen dentro de las deducciones. Pueden llegar hasta el tope de USD 12 196,8.En ellos se incluyen los honorarios médicos y los medicamentos, insumos, lentes y prótesis, medicina prepagada y los servicios de salud en hospitales, clínicas...

Para la alimentación, el contribuyente puede deducirse gastos, por hasta USD 3 049, en compras de alimentos para consumo humano, pensiones alimenticias y compra de alimentos en centros de expendio de alimentos preparados.

Finalmente, en vestimenta, los contribuyentes pueden aplicar a un máximo de USD 3 049 de deducciones en compras realizadas de cualquier tipo de prenda de vestir.

Nuevos impuestos entran en vigencia

La reforma tributaria aprobada en noviembre obliga a los propietarios de automóviles a pagar un impuesto para el medioambiente, que está calculado en función del cilindraje y la antigüedad del vehículo. El valor que le corresponde pagar lo puede conocer ingresando a la página electrónica del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec). El monto le será sumado a su matrícula anual, al momento del pago. Recuerde que el impuesto al rodaje aplica para todos los vehículos y motocicletas de más de 1 500 centímetros cúbicos. Todos los que estén por debajo de este margen están exonerados del pago de la tasa. También, si su vehículo tiene más de 2 500 centímetros cúbicos y 5 años de antigüedad, pagará solo una parte de ese impuesto durante los próximos cinco años.

Para el caso del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), que sube del 2 al 5%, las operaciones que realice en el exterior ya llevarán el pago de este valor, en las compras o en las transacciones que usted realice. Además, si Ud. es un agente de retención del impuesto deberá reportar mensualmente, desde el 10 de enero (y por el noveno dígito del RUC o cédula), los montos transados durante su ejercicio mensual. Eso debe hacerlo en el anexo de movimiento internacional de divisas. En el caso de las botellas plásticas, el valor de USD 0,02 por cada envase le será cobrado al momento de pagar en el centro de abasto. Es decir, el precio de venta al público de sus aguas, jugos y otras tendrá incluido dicho impuesto ambiental. Si usted desea recuperar el valor del impuesto, podrá juntar los envases y canjearlos en el centro de venta. El Gobierno, a su vez, le devolverá esos USD 0,02 al propietario del lugar. De esa manera, el objetivo es que el impuesto sea neutral.

Obligaciones Desde el próximo año

El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizará la información de los contribuyentes. No olvide que si usted dispone de Registro Único de Contribuyentes o se beneficia del Régimen Económico Simplificado (RISE) deberá asegurarse que sus datos están correctamente ingresados. Las multas por errores en la información básica de los contribuyentes y de cambios en sus actividades pueden ocasionarle gastos innecesarios. Evite el pago de estos montos, acudiendo a las oficinas a pedir información. Para el próximo año, la autoridad tributaria está contemplando la posibilidad de que la declaración patrimonial sea una obligación para todas aquellas personas que tengan un patrimonio de USD 100 000 en adelante. Hasta este momento, ese piso mínimo es de USD 200 000. En caso de que el SRI incorpore esta normativa en el reglamento, durante estos días, usted deberá cuantificar y sumar todo su dinero en efectivo en bancos y otros depositarios, inversiones, cuentas por cobrar, otros bienes muebles, vehículos terrestres, naves y aeronaves, derechos y bienes inmuebles. Toda esa información deberá remitirla al SRI, de manera digital, a través del ‘link’ Anexo de Declaración Patrimonial. Además, la autoridad tributaria le pedirá información sobre el patrimonio de sus hijos no emancipados y de su cónyuge (sociedad conyugal o unión de hecho). La fecha para la declaración patrimonial empezará el 10 de marzo, conforme el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes o cédula de identidad. Si no declara su patrimonio eso le acarreará fuertes multas.


Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección: http://www.elcomercio.com/negocios/Nuevo-ano-nuevas-obligaciones_0_614338734.html., 24 de diciembre 2011.

El autor de este blog ha corregido esta noticia, para una mejor comprensión de sus lectores y para adaptarlo a la lectura digital, que es diferente a la impresa.

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